19.6.08

CONTROL DE PREDADORES DE FORMA FURTIVA


Hace unos días nos hacíamos eco del trabajo de los Agentes Rurales de Cataluña y de su grupo especilizado, pionero en España, en la investigación de casos de envenenamiento de la fauna silvestre.
En esta ocasión hablamos de otra operación realizada por este mismo cuerpo en la localidad barcelonesa de Sant Iscle de Vallalta, en el Maresme. Un paisano se había tomado lo del control de predadores a su manera y, de forma furtiva, estaba dispuesto a enfrentarse a la competencia de los cazadores en la captura de conejos.
Miembros del cuerpo de Agentes Rurales de Cataluña, sorprendieron in fraganti al cazador furtivo, mientras manipulaba una jaula trampa.

Sorprende como, con la legislación actual, la gente se arriesga a cometer este tipo de actuaciones con tal de aniquilar a los zorros, hurores, ginetas, etc. que podían diezmar una reciente repoblación de conejos que se había llevado a cabo con ejemplares provenientes de una granja cinegética.

DOS JAULAS TRAMPA

Presuntamente, el furtivo habría colocado dos jaulas trampa y un lazo en el área privada de caza donde recientemente habían soltado los conejos.
Los hechos denunciados, que pueden suponer una pena de prisión de 6 meses a 2 años e inhabilitación especial del derecho de cazar de entre 3 y 8 años, se han puesto en conocimiento de la Fiscalía de Medio ambiente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya

Tras recibir un aviso de la colocación de las jaulas trampa, los agentes mantuvieron un dispositivo de vigilancia en la zona, hecho que les permitió descubrir, también, la colocación de un lazo, donde había quedado atrapado un perro. Gracias a este dispositivo de vigilancia, los Agentes Rurales atraparon in fraganti el presunto responsable de haber colocado estas artes ilegales de caza.

El lazo es un medio de caza no selectivo y lo prohíben diferentes normativas, tanto nacionales como internacionales. Cuando se usa sin autorización representa un gran peligro para la fauna, tanto la protegida como la no protegida, así como para las personas que puedan ser víctimas. La colocación de lazos sólo es permitida a las personas acreditadas como trampero y con una autorización especial del Departament de Medi Ambient i Vivenda. Además, los lazos se deben colocar en unos lugares determinados, con conocimiento de los Agentes Rurales, y deben tener unas dimensiones específicas con tope, es decir, con un dispositivo que sólo deja que se cierre el lazo hasta un determinado punto, de forma que no pueda estrangular a un animal que no se prevea en la autorización.

La utilización de artes ilegales de caza para la captura y muerte de animales y la colocación de lazos de manera ilegal puede ser constitutiva de un delito tipificado en el artículo 336 del Código penal. Esta infracción puede comportar una pena de prisión de 6 meses a 2 años e inhabilitación especial del derecho de cazar de entre 3 y 8 años, por lo cual los hechos se han puesto en conocimiento de la Fiscalía de Medi Ambient del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya.


En la zona dónde se han localizado las artes ilegales de caza hay presencia de comunidades de carnívoros mediterráneos, así como de otras comunidades de animales que se desplazan desde el Parque Natural del Montnegre-Corredor.

Durante todo el año, y muy especialmente durante la primavera, el CARO intensifica los servicios destinados a la búsqueda de artes y métodos no autorizados para la eliminación de fauna, puesto que pueden causar daños muy graves a especies en peligro de extinción.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Que bien que le pongan un alto a los cazadores furtivos.




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